lunes, 4 de febrero de 2013
Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados durante el Proceso Penal
Objetivos y Funciones
Objetivos:
Identificar, valuar y localizar los activos de origen ilícito.
Centralizar la información de los bienes secuestrados, decomisados o afectados a una medida cautelar en el marco de un proceso penal.
Articular y coordinar con los países de la región medidas eficaces para la identificación de activos de origen ilícito.
Implementar medidas conjuntas con los países de la región para combatir la delincuencia organizada transnacional y las organizaciones terroristas.
Brindar información a los organismos competentes.
Funciones:
A través de la Resolución Ministerial Nº 1277 del 31 de agosto del 2011, al Registro se le asignaron las siguientes funciones:
a) Recibir la información enviada por las autoridades de la justicia penal federal y nacional, como así también la remitida por las autoridades de la justicia penal de las provincias que adhieran al presente régimen en relación a los bienes secuestrados, decomisados o afectados a una medida cautelar en el marco de un proceso penal.
b) Conformar y mantener actualizado el Registro.
c) Asistir a su superioridad en el análisis de los temas legislativos sometidos a consideración y en la elaboración de los dispositivos normativos relacionados a su área específica.
d) Proponer normas administrativas y de procedimiento relativas a los trámites registrales de su competencia.
e) Elaborar, ante un requerimiento de parte de una autoridad competente, informes relativos a identificación, registración, valuación y localización de los bienes sujetos a registración.
f) Confeccionar estadísticas de los bienes secuestrados, decomisados o afectados a una medida cautelar.
g) Brindar acceso a la base de datos contenida en el sistema informático del Registro al solo efecto de "consulta" a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
h) Coordinar con las autoridades competentes la realización de tareas vinculadas a las funciones a su cargo y los procedimientos a aplicar para la mejor racionalización de los trámites registrales.
Cabe destacar que a partir de la aprobación de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (Ley Nº 24.072); la Convención Interamericana contra la Corrupción (Ley Nº 24.759); la Convención Internacional Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y protocolos complementarios (Ley Nº 25.632); la Convención Interamericana Contra el Terrorismo (Ley Nº 26.023) y la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (Ley Nº 26.097), la REPUBLICA ARGENTINA asumió el compromiso internacional de avanzar en las acciones necesarias para lograr la identificación de bienes y el recupero de activos de origen ilícito.
Debemos resaltar la voluntad política de nuestra PRESIDENTA DE LA NACION DRA. CRISTINA FERNANDEZ DE KIRCHNER, quien está implementando medidas decisivas para modernizar los instrumentos jurídicos y fortalecer las instituciones nacionales vinculadas a la prevención, control y sanción de las cada vez más complejas variantes del crimen organizado transnacional.
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