miércoles, 6 de febrero de 2013
DUPLICADO DE PLACAS METALICAS (SI EXTRAVIÓ LA CHAPA PATENTE)
En el Digesto de Normas Técnico-Registrales, Cap. XIX "Reposición de Placas Metálicas" se establece lo siguiente.
En caso de robo, hurto, pérdida o deterioro de las placas de identificación metálicas (chapa patente) el titular del vehículo o el adquirente en caso de transferencia, podrán solicitar la reposición de las mismas.
Para adquirir las nuevas placas deberá cumplimentar los siguientes requisitos en el registro seccional donde este radicado el legajo del automotor o motovehículo:
1) Adquirir la Solicitud Tipo 02 (formulario 02) y firmarla ante autoridad del Registro o Escribano Público que certifique la firma del titular solicitante.
2) Adjuntar a la presentación del formulario 02 el Título del Automotor (original).
3) Abonar los aranceles de reposición de placas metálicas y de expedición de cédula de identificación del automotor (tarjeta verde).
4) Devolver la tarjeta verde anterior en uso al Registro, ya que se le emitirá una nueva, donde se consignará duplicado, triplicado, etc, según corresponda.
Si Ud. cumplimenta estos requisitos el Registro de la Propiedad Automotor dispondrá de la reposición de las placas metálicas (chapa patente) en un plazo no mayor a 48 horas. Previamente circulará con placas provisiorias emitidas por el Registro, hasta que éste le otorgue las placas metálicas definitivas. LLegado este momento, el titular registral será responsable de la destrucción de las placas provisorias.
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